Nueva ley de
Uniones Vecinales
Publicado en CORREVEIDILE, Octubre de 2004
Dr. Alberto Montbrun
Escuela de Gobierno
Universidad Juan Agustín Maza
Son esas
noticias que realmente nos gusta dar. Nuestra Legislatura
acaba de dar sanción definitiva a la Ley de Uniones Vecinales.
Se trata de una antigua aspiración que venía siendo impulsada
desde hace ya algunos años y que tiene como objetivo
fundamental fortalecer este importante sector social.
El proyecto que ahora tiene sanción definitiva fue
oportunamente impulsado, trabajado, debatido y enriquecido por
todos los sectores vecinalistas de la provincia a lo largo de
varias audiencias públicas que se desarrollaron en la
Legislatura hace ya bastante tiempo. En su formulación
definitiva trabajaron también sectores de la universidad y
representantes de los municipios.
Fueron claves para la aprobación de la ley los esfuerzos del
diputado Ricardo Puga – creador y conductor del programa
radial Los Vecinos – y del diputado independiente José Rivas,
uno de los legisladores más productivos de la provincia.
También fue muy significativo el aporte del diputado por
General Alvear, Walter Neher, cuyo reciente fallecimiento
enlutó a la comunidad sureña.
La ley parte de la base conceptual de admitir que la
democracia meramente representativa está en una crisis
terminal y que se hace necesario articular mecanismos y
herramientas propios de una democracia verdaderamente
participativa y autogestionaria.
Para ello, busca fortalecer al vecinalismo en el desarrollo de
sus nuevos roles, que van más allá de representar y patrocinar
los intereses de los vecinos. En la actualidad, las uniones
vecinales de Mendoza proveen efectivamente obras y servicios
públicos; mantienen y administran centros de salud,
bibliotecas, comedores comunitarios, centros de apoyo escolar
o espacios deportivos y de otro tipo. En ocasiones, han tomado
a su cargo, siempre en acuerdo con los municipios respectivos,
construcciones y reparaciones de distinto tipo, accediendo
para ello a fondos públicos.
Se ha señalado también que las uniones vecinales son mucho más
que meras “asociaciones civiles sin fines de lucro” ya que por
la naturaleza de sus servicios aparecen mucho más relacionadas
con lo público que con lo privado. Por ello, resulta
importante garantizar que cualquier persona que reúna los
requisitos para asociarse pueda hacerlo libremente.
Por otra parte, una debilidad que se observaba era que las
uniones vecinales tenían escaso o nulo poder para pararse
frente a los municipios y accionar frente a ellos. Esto es
algo de lo cual la nueva ley se ocupa expresamente.
Por otra parte la nueva ley da poder concreto a las uniones
vecinales para presentar proyectos de ordenanza ante el
Concejo Deliberante, incorporando de esta manera una
herramienta moderna, propia de la democracia participativa.
También las uniones vecinales quedan facultadas para
participar en las sesiones de las comisiones de los Concejos
Deliberante cuando se tratan asuntos relacionados con la zona
de influencia o los intereses de las mismas, garantizando así
un involucramiento directo en los procesos de toma de
decisiones.
Asimismo podrán requerir informes al Departamento Ejecutivo
del municipio y a sus diferentes organismos como así mismo al
propio Concejo Deliberante, siempre que dicha solicitud de
información se relacione con temas de interés vecinal.
Un tema importante es que las uniones vecinales podrán acceder
a recursos de distinto tipo, para desarrollar actividades que
el propio municipio o la provincia les deleguen. En ese
sentido, hemos sugerido que los municipios cobren las cuotas
de las uniones vecinales junto con la tasa municipal y
acrediten el monto en cuentas especiales, permitiendo siempre
que el contribuyente pueda excluirse de dicho pago mediante un
trámite simple.
Finalmente, las uniones vecinales pueden convenir con el
municipio la administración, control, gestión y prestación
directa de obras y servicios públicos, según las condiciones
que acuerden con el municipio y accediendo a los fondos para
estas tareas.
Otra novedad importante es el reconocimiento a las uniones
vecinales de legitimación activa para actuar judicialmente en
defensa de los derechos e intereses difusos y colectivos de
sus miembros. Con esto se recepcionan las nuevas corrientes
jurisprudenciales de colocar el Derecho más cerca de las
necesidades de la gente y facilitar el ejercicio de acciones.
La ley contempla beneficios impositivos sobre los inmuebles de
las uniones vecinales y les reconoce además la potestad de
acudir a la vía ejecutiva del apremio para cobrar créditos
surgidos a favor de la unión vecinal por prestaciones de obras
o servicios públicos que éstas hayan prestado. También quedan
facultadas legalmente para otorgar certificados de libre deuda
por este tipo de prestaciones.
En suma, la nueva ley abre interesantes posibilidades de
profundizar el fortalecer el ya trascendente trabajo de
nuestras instituciones vecinalistas, posicionándolas con
fuerza frente al poder político, en un marco real y efectivo
de democracia participativa.
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